Monotributo: ¿Posnet? ¿Factura Electrónica? Te aclaramos algunas cosas

Día a día la Administración Federal de Ingresos Públicos impone más obligaciones formales que deben cumplimentar los contribuyentes inscriptos en el régimen  simplificado (monotributo).

 

Las últimas obligaciones impuestas se refieren a la obligación de contar con POSNET que permita que sus clientes abonen sus compras con tarjetas de débito y/o crédito y la ampliación de la obligatoriedad de la emisión de la factura electrónica.

Las Fechas según cada categoría

 

POSNET

Categoría F a K: hasta el 31/12/2017

 

Categoría A a E: hasta el 31/03/2018

 

Factura electrónica

La obligación se extiende hasta los contribuyentes encuadrados en las Categorías F y G.

Esta obligación resultará de aplicación para las solicitudes de autorización de emisión de comprobantes electrónicos que se efectúen a partir del día 1 de junio de 2017, inclusive.

Al día de la fecha la RG 3067 establece la obligatoriedad de la emisión de comprobantes electrónicos para los contribuyentes de categoría H en adelante.

 

Aquellos contribuyentes que realicen sus ventas exclusivamente a consumidores finales se encuentran exceptuados de emitir factura electrónica.