Monotributo: ¿Posnet? ¿Factura Electrónica? Te aclaramos algunas cosas
Día a día la Administración Federal de Ingresos Públicos impone más obligaciones formales que deben cumplimentar los contribuyentes inscriptos en el régimen simplificado (monotributo).
Las últimas obligaciones impuestas se refieren a la obligación de contar con POSNET que permita que sus clientes abonen sus compras con tarjetas de débito y/o crédito y la ampliación de la obligatoriedad de la emisión de la factura electrónica.
Las Fechas según cada categoría
POSNET
Categoría F a K: hasta el 31/12/2017
Categoría A a E: hasta el 31/03/2018
Factura electrónica
La obligación se extiende hasta los contribuyentes encuadrados en las Categorías F y G.
Esta obligación resultará de aplicación para las solicitudes de autorización de emisión de comprobantes electrónicos que se efectúen a partir del día 1 de junio de 2017, inclusive.
Al día de la fecha la RG 3067 establece la obligatoriedad de la emisión de comprobantes electrónicos para los contribuyentes de categoría H en adelante.
Aquellos contribuyentes que realicen sus ventas exclusivamente a consumidores finales se encuentran exceptuados de emitir factura electrónica.