CRISIS POR EL COVID 19: GESTIONES Y ACCIONES DE FECECO

Desde el inicio de la crisis generada por la llegada del COVID-19 FECECO ha realizado numerosas gestiones y acciones tendientes a que el impacto del vendaval económico afecte lo menos posible al sector comercio y servicios. Deseamos compartir todo lo actuado hasta el 31 de marzo, mientras analizamos las medidas que se han tomado en estas últimas horas.

En este sentido se ha informado a través de correo electrónico, el sitio web www.fececo.org.ar y sus redes sociales información relacionada esta contingencia.   Previamente esta información es chequeada y verificada para difundir información verídica.   Por lo expuesto sugerimos buscar la información que necesite en este sitio y en caso de no localizarla nos puede consultar en gerencia@fececo.org.ar

Como resultado de estas gestiones se han logrado una serie de medidas que pueden ser chequeadas en el siguiente link: ACTUALIZACIÓN MEDIDAS ECONÓMICAS del 25/03 al 30/03

En el mismo link se reflejan  las medidas dispuestas por el gobierno provincial.

Asimismo hay una serie de pedidos que fueron realizados pero que aún no tienen resolución.

A los fines prácticos copiamos a continuación solamente los puntos requeridos pero aún no resueltos, estando la totalidad de las gestiones (las ya dispuestas y las pendientes) en el archivo PDF al final de la nota.

COVID- 19 Medidas en estudio

AJUSTE POR INFLACIÓN:  revisar algunas pautas

Créditos a tasa CERO:   para pago de salarios, otras obligaciones que no pueden afrontarse por falta de ingresos. Alquiler, servicios, seguridad, vigilancia, etc.  Flexibilización de trámites, documentación y requisitos para acceder a los créditos anteriores y que  los mismos tengan plazo de gracia de al menos 90 días y que sean amortizables en no menos de 18 cuotas.

Ampliación de plazos: se propone ampliar plazos de IVA a 90 días de manera automática para las MIPYMES.

Ampliar la eximición sobre contribuciones patronales

Anticipos de Ganancias: Reducción del porcentaje del anticipo 1 para sociedades.

Apertura de comercios relacionados al funcionamiento de las actividades que están funcionando.  (gomerías, talleres mecánicos, etc, etc)

Apertura de los bancos para determinadas operaciones imprescindibles para evitar la rotura de la cadena de pagos, sacarse efectivo de los locales que están activos.

Caducidad de planes de pagos vigentes.

Solución a la problemática de los cheques rechazados:  Comisiones, gastos etc.

Compras del Estado: Pago inmediato de facturas vencidas de los proveedores pymes del Estado.

Congelamiento de los intereses financieros de los atrasos que tienen las empresas, durante 90 días.

Congelar deudas hipotecarias y créditos financieros.

Control sobre la venta de productos no permitidos en supermercados ( ej: ropa, art. de librería, bazar, etc) transformándose en una competencia desleal respecto a los comercios del mismo rubro que deben permanecer cerrados.

Deducciones: elevación al 20% de la ganancia neta del ejercicio. del tope admitido para la deducción de las donaciones efectuadas

Doble indemnización: excluir a las pymes del Decreto que determina la doble indemnización.

Salarios:  que puedan ser compensados con horas extras a futuro, feriados trabajados, licencias por vacaciones, etc.

Eximición de aportes empleados y jubilatorios propios

Eximición de impuestos

Eximir del pago de las cuotas del monotributo y autónomos durante los meses de abril, mayo y junio

Extender los impuestos a ser incluidos en la moratoria a todos aquellos que venzan hasta la finalización de la pandemia. Impuesto a los débitos y créditos bancarios: se propone suspenderlo para favorecer las transacciones sin contacto.

Flexibilizar los efectos del contrato de trabajo para quienes no puedan trabajar desde su casa.

Homogeneización de medidas: se propone aplicar lo dispuesto para los rubros Hotelería y Gastronomía al resto de las pymes.

Liquidar los saldos disponibles: por Impuesto a las Ganancias para hacer frente a los diferentes costos (como haberes) en el tiempo que dure la emergencia sanitaria.

Mantener reuniones con los distintos Sindicatos, especialmente el de Empleados de Comercio ( trabajar en conjunto y ver qué ofrecen ellos a los empleados).

No ingreso al fisco de retenciones de impuestos o recursos de la seguridad social

Preocupación por el pago de alquileres de locales que no pueden abrir.

Prórrogas: prorrogar vencimientos de presentaciones pagos y respuestas a requerimientos, tanto nacionales, como provinciales y municipales.

Repatriación de fondos en el exterior: Prorrogar los plazos y adecuar el régimen de repatriación de fondos del exterior.

Reperfilamiento de deudas: Postergar por 90 días, para pymes, el pago de todas las deudas con entidades financieras.

REPRO. Preservación del empleo facilitando un rápido acceso al sistema. Sostenimiento financiero para poder afrontar los salarios.

Revisar los precios máximos.  Los comercios minoristas no los pueden aplicar porque el precio de costo en muchos de los productos son superiores al precio máximo de venta permitido

Saldos a favor: Utilización de saldos a favor de impuesto a las Ganancias e IVA. para hacer frente a obligaciones de la Seguridad Social.

Servicios Públicos: Eximir por 60 días del pago de luz, gas y agua a las empresas afectadas.

SIRCREB: Suspender las retenciones SIRCREB y todas las originadas por convenios multilaterales.

Solicitar se tome medidas de control y suspensión de las actividades de ventas on line (Mercado Libre) donde se sigue operando en rubros que no son permitidos en el canal de la venta tradicional (ropa, zapatos, marroquinería, y todo producto que por su volumen puede ser entregado por Correo Argentino, Andreani, OCA).

Supresión extraordinaria de feriados

Suspensión de medidas cautelares: se propone suspender toda medida cautelar que afecte la liquidez y el capital de trabajo.

Suspensión del pago de ingresos brutos.

Trabajadores licenciados: Gestionar, mediante la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, que la ART asuma tanto las licencias de los trabajadores determinadas por Resolución 207/2020 del Ministerio de Trabajo, como así también la de los trabajadores que deban cumplir la cuarentena ante el cierre de la pyme por la posible situación de un caso portador de COVID – 19. Si esto no fuera posible, solicitamos se asuma dicha licencia en el mismo sentido que la otorgada por Maternidad, es decir, a cargo de ANSES.

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