CONGELAMIENTO DE ALQUILERES: ¿Cómo funciona?

Desde la Federación de Centros Comerciales de la Provincia de Santa Fe -FECECO-, dejamos a disposición una guía sintética sobre el funcionamiento del congelamiento de alquileres que dispuso el gobierno.

Fuente: Defensoría del Pueblo Provincia de Santa Fe

¿CÓMO FUNCIONA?

¿Qué alquiler debo pagar mientras dure la pandemia?

El monto a marzo de 2020

¿Hasta cuándo?

Hasta el 30 de septiembre

¿Qué pasa cuando termine el congelamiento el 30 de septiembre?

Se deberá para la diferencia entre el alquiler congelado y el que hubiere correspondido por contrato.

¿Cómo se paga esa diferencia?

Se podrá pagar en tres (3) y seis (6) cuotas sin interés, consecutivas a partir de octubre.

¿No me deben cobrar intereses?

No se pueden aplicar intereses moratorios, compensatorios ni punitorios, ni ninguna otra penalidad prevista en el contrato.

¿CON LOS BANCOS E INMOBILIARIAS CERRADAS QUÉ PASA CON LOS ALQUILERES?

El propietario o inmobiliaria debe comunicar dentro de los 20 días al inquilino y acordar cómo se hará el pago: transferencias o depósitos por cajeros automáticos, por ejemplo.

¿Puede un propietario o locador negarse a congelar el monto del alquiler? SI

¿En qué casos?

El congelamiento del alquiler NO APLICA cuando quien alquila (locador) dependa del canon convenido (de ese alquiler) para cubrir sus necesidades básicas o las de su grupo familiar primario y conviviente. En ese caso, se tiene que acreditar la situación.

¿Qué pasa si no logro acordar con el dueño o locador?

Por 1 año “ES OBLIGATORIO” que las partas concurras a mediación para resolver los conflictos que puedan surgir.

¿CÓMO FUNCIONA LA PRÓRROGA DE CONTRATOS DE ALQUILER QUE ORDENÓ EL GOBIERNO?

¿Desde cuándo y hasta cuándo de prorrogan?

Desde el 20 de marzo al 30 de septiembre, en los casos en que la tenencia del inmueble esté en manos del locatario.

¿Puedo irme del inmueble antes del 30 de septiembre?

Finalizado el aislamiento y con contrato vencido durante el mismo, puede irse.

¿Qué opciones tiene el inquilino finalizado el aislamiento?

Enviando una nota 15 días antes al propietario optando por estas opciones:

  • Prorrogar el contrato vencido al 20/3.
  • Mantener fecha originaria.
  • Prorrogar por un plazo menor.