CRÉDITOS A TASA CERO: CÓMO SE PAGARÁ EL APORTE A LA AFIP
Los Créditos a tasa cero para monotributistas y autónomos incluirán un monto extra para pagar en forma automática la cuota mensual del Monotributo y el aporte de la seguridad social de los independientes a la AFIP.
Los beneficiarios del crédito deberán tener en cuenta que durante tres meses, el banco será el encargado de realizar el pago de esos ítems a la AFIP. Por esta razón, si los referidos pagos se realizan habitualmente mediante débito automático (en tarjeta de crédito o en cuenta bancaria) deberían suspenderlo por ese tiempo (con “Stop debit”) para no pagar dos veces.
PARA TENER EN CUENTA
Acreditación.
- El crédito total se dividirá en tres partes y se acreditará un tercio cada mes (mayo, junio y julio) como saldo disponible en tu tarjeta de crédito .
- En cada desembolso se sumará el monto de la cuota del Monotributo o el aporte de autónomos. Esto formará parte de la deuda.
Período.
Es muy importante tener en cuenta qué período se abonará de esta manera para que no se generen deudas ni se dupliquen pagos:
- Monotributo: Período fiscal junio, julio y agosto de 2020 (vencen el 20 del mismo mes).
- Autónomos. Períodos devengados de mayo, junio y julio de 2020 (vencen la primera semana del mes siguiente).
En ambos casos, son los pagos que vencen durante junio, julio y agosto.
GENERACIÓN DEL PAGO – CÓMO FUNCIONA
La AFIP generará un Volante Electrónico de Pago (VEP) para abonar los aportes mensuales de cada beneficiario del crédito a tasa cero y lo informará al banco, el cual tiene tres días hábiles para abonarlo.
Control.
Para ver si las obligaciones de cada mes fueron canceladas correctamente, los beneficiarios podrán ingresar a “CCMA – Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos”.
¿QUÉ PASA SI SE MODIFICA LA CATEGORÍA?
Puede suceder, sobre todo en el caso de los monotributistas, que en junio opten por la recategorización (con impacto en el vencimiento de julio) y el monto a pagar sea diferente del que generó la AFIP e ingresó el banco mediante el VEP.
En ese caso hay que ingresar las diferencias de la siguiente manera:
- Deuda a pagar. Hay que entrar, con clave fiscal en el servicio “Presentación de DDJJ y Pagos” y generar un VEP por la diferencia, en la opción “Nuevo VEP” o “VEP desde Deuda”.
- Saldo a favor. Si la categoría es menor y se abonó de más, el saldo se puede reimputar a través del servicio CCMA, ya mencionado. Desde aquí también se pueden computar montos pagados dos veces (si se olvidó de suspender el débito automático, por ejemplo).