Moratoria 2020-AFIP reglamentó su ampliación
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), mediante la Resolución General 4816/2020, puso en marcha la Ley 27.562 que extiende el alcance de la Moratoria 2020 para que pymes, comerciantes, profesionales, grandes empresas, monotributistas, autónomos, cooperativas y entidades sin fines de lucro podrán regularizar sus deudas tributarias, aduaneras y previsionales en hasta 120 cuotas.
Los contribuyentes tienen tiempo hasta el 31 de octubre próximo para registrarse a través de afip.gob.ar. La ampliación no solo extiende el universo de contribuyentes beneficiados sino que también contempla la posibilidad de regularizar deudas con la AFIP generadas durante la pandemia, permitiendo la inclusión de obligaciones vencidas hasta el 31 de julio último.
Las empresas e individuos que adhieran al plan de facilidades comenzarán a pagar la primera cuota el 16 de diciembre.
Cabe destacar que aquellos que cuenten con un Certificado Mipyme vigente al momento de adhesión podrán acceder a 120 cuotas para pagar sus deudas tributarias y aduaneras, así como 60 cuotas para los aportes de la seguridad social. El resto de los contribuyentes podrá ingresar sus deudas tributarias y aduaneras en planes de facilidades de hasta 96 cuotas y contará con plazos de hasta 48 meses para las obligaciones previsionales.
Para acceder a la Resolución General 4816/2020, clic aquí.