Santa Fe: entra en vigencia la Moratoria 2021

Desde el 1 de marzo de 2021 hasta el 31 de mayo de 2021 se podrá acceder al Régimen de Regularización Tributaria.

Régimen de Regularización Tributaria – Ley 14.025

Mediante la Ley 14025 de la Provincia de Santa fe, se estableció un Régimen de Regularización Tributaria regulado por la Resolución General 11/2021 API y la Resolución 13/2021 SCIT para las obligaciones fiscales devengadas hasta el 31 de octubre de 2020.

Vigencia

Desde el 1 de marzo de 2021 hasta el 31 de mayo de 2021.

Alcance

 Los siguientes impuestos, tasas y contribuciones provinciales con los respectivos intereses y multas:

  • Impuesto sobre los Ingresos Brutos
  • Impuesto Inmobiliario Urbano, Suburbano y las mejoras no denunciadas oportunamente
  • Impuesto Inmobiliario Rural
  • Patente Única sobre Vehículos
  • Impuesto de Sellos
  • Contribución de Mejoras
  • Impuesto a las Actividades Hípicas – Ley 5317
  • Tasas Retributivas de Servicios
  • Aportes al Instituto Becario
  • Impuesto sobre las Embarcaciones Deportivas o de Recreación
  • Impuesto especial previsto en el art. 2º de la Ley 13582

Convenios de Pago

Exclusiones

  • Contribuyentes con proceso penal directo abierto por delitos tributarios referidos a impuestos provinciales
  • Agentes de Recaudación sistema SIRCREB, por las retenciones o percepciones practicadas o no
  • Agentes de Retención y/o Percepción por los importes retenidos o percibidos y no ingresados al fisco, multas y por cualquier otro concepto

Condiciones generales del Régimen

Deudas devengadas hasta el 31 de octubre de 2020

Intereses Resarcitorios:

  • 2%(dos por ciento) de interés simple mensual, calculado desde la fecha de vencimiento hasta la de su efectivo pago o formalización de convenio para deudas devengadas hasta el 29 de Febrero del año 2020
  • 0% (cero por ciento) de interés simple mensual, calculado desde la fecha de vencimiento hasta la de su efectivo pago o formalización de convenio para deudas devengadas entre el 01 de Marzo del 2020 hasta el 31 de Octubre del año 2020

Formas de Pago:

  • De contado:Obteniendo,
    • Descuento del 80%en los intereses resarcitorios para deudas devengadas hasta el 29/02/2020,
    • Para deudas devengadas entre el 01/03/2020 y el 31/10/2020 sin intereses resarcitorios.
  • Formalizando un plan de pagos:el régimen contempla la cancelación de la deuda con las siguientes condiciones:
Cantidad de cuotas Reducción de intereses para deudas devengadas hasta el 29/02/2020 Intereses de financiación para deudas devengadas hasta el 29/02/2020 Sin interés de financiación para deudas devengadas entre el 01/03/2020 y el 31/10/2020
Hasta 12 cuotas 30% 1% de interés mensual 0%
Desde 13 hasta 24 cuotas 15% 1.5% de interés mensual 0%
Desde 25 hasta 36 cuotas 0% 2% de interés mensual 0%
Desde 37 hasta 48 cuotas 0% 2.5% de interés mensual 0%

Convenios de Pago:

  • Número máximo de cuotas a solicitar: cuarenta y ocho (48)
  • Cuotas: mensuales y consecutivas
  • Cuota mínima: $500 para todos los tributos
  • Vencimiento de las cuotas: el día 10 de cada mes o el primer día hábil siguiente, si es feriado o no laborable

Tasas Retributivas de Servicios e Impuesto de Sellos

Las actuaciones y toda documentación relacionadas con el acogimiento de la ley están exentas del pago de Tasas Retributivas de Servicios e Impuestos de Sellos.

Multas

Las multas por infracción a los deberes formales y materiales, sancionadas o no, quedarán liberadas en la medida que las obligaciones fiscales que las generan hayan sido cumplidas con anterioridad o durante la vigencia del Régimen de Regularización Tributaria.

Medios para realizar consultas:

apiconsultassantafe@santafe.gob.ar (Santa Fe)

Para los Departamentos de la Regional Santa Fe: Gral. Obligado, Vera, 9 de Julio, San Javier, San Justo, San Cristóbal, La Capital, Las Colonias, Castellanos, San Jerónimo, San Martín u otras provincias

Rosario apiconsultasrosario@santafe.gob.ar

Para los Departamentos de la Regional Rosario: Iriondo, Belgrano, San Lorenzo, Constitución, Caseros, Rosario y Gral. López.

Teléfono para consulta ley 14025: 0800 555 6672

LeyProvincial14025-LeyImpositiva

SecretariaIngresosPublicosSantaFe-Resolucion-13-2021

API-RESOLUCIONGENERAL-11-2021