Nuevas disposiciones sobre la exhibición de precios en moneda extranjera
La Secretaría de Industria y Comercio, dependiente del Ministerio de Economía, ha emitido la Resolución 4/2025, introduciendo importantes cambios en el sistema de exhibición de precios de bienes y servicios. Esta medida busca modernizar las normativas vigentes, adaptándose a las nuevas dinámicas del mercado y fomentando una mayor transparencia en las transacciones comerciales.
A partir de esta disposición, los precios de bienes y servicios podrán exhibirse tanto en pesos argentinos como en dólares estadounidenses u otras monedas extranjeras, algo que representa un cambio significativo respecto a los esquemas anteriores. En todos los casos, los comercios estarán obligados a incluir el importe total y final que el consumidor deberá abonar, garantizando una mayor claridad en la información presentada.
Además, a partir del 1 de abril de 2025, será obligatorio incorporar la leyenda “PRECIO SIN IMPUESTOS NACIONALES” junto con el importe neto sin el Impuesto al Valor Agregado (IVA) ni otros impuestos nacionales indirectos. Esta información deberá mostrarse en caracteres tipográficos menores al precio final, asegurando que los consumidores puedan identificar claramente cuál es el precio total y cuáles son los componentes fiscales.
Principales puntos de la resolución 4/2025:
- Precios finales y exhibición clara:
Los precios deberán exhibirse de forma clara, visible, legible y a la vista del consumidor. Cuando se utilicen listas de precios, estas deberán estar disponibles en lugares de acceso público, ya sea en formato físico o digital. - Precios en góndola y caja:
Se establece que los precios exhibidos en las góndolas de los comercios deberán coincidir con los cobrados en la línea de cajas, evitando cualquier tipo de discrepancia que pueda generar confusión o conflictos. - Precios financiados:
Para aquellos productos ofrecidos con financiamiento, será obligatorio detallar el precio de contado, la cantidad de cuotas, el monto de cada una de ellas y el Costo Financiero Total Efectivo Anual (CFTEA). Esto busca garantizar que los consumidores tengan acceso a información precisa sobre los costos asociados a las compras en cuotas. - Precio por unidad de medida:
En todos los casos, los comercios deberán informar el precio por unidad de medida, como por ejemplo el precio por litro, kilogramo o metro, utilizando caracteres tipográficos menores al precio final exhibido. - Excepción en balanzas electrónicas:
En los establecimientos que expendan productos al peso mediante balanzas electrónicas que emitan tickets o adhesivos, no será obligatorio incluir el importe neto sin impuestos.
Venta al exterior:
Los comercios y prestadores de servicios que operen desde, hacia o en el exterior podrán exhibir y publicitar los precios en dólares estadounidenses, una medida que facilita las operaciones con turistas y clientes internacionales.