Nuevo plan de facilidades de pago para las MiPyMEs, entidades sin fines de lucro, contribuyentes del sector de salud y pequeños contribuyentes

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dio a conocer un nuevo plan de facilidades de pago para las micro, pequeñas y medianas empresas, entidades sin fines de lucro, contribuyentes del sector de salud y pequeños contribuyentes, para regularizar deudas tributarias, vencidas hasta el 31 de diciembre de 2024, en hasta 4 años emitida a través de la Resolución General 5629.

El acogimiento al presente régimen podrá realizarse desde el 3 de febrero hasta el 30 de abril de 2025, ambos inclusive, a través del sistema informático “Mis Facilidades”.

Se encuentran incluidas en el presente régimen las siguientes obligaciones:

  • Obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social, incluidos sus intereses y multas.
  • Retenciones y percepciones impositivas.
  • Obligaciones aduaneras por tributos a la importación o exportación y liquidaciones de los citados tributos comprendidas en el procedimiento para las infracciones, así como sus intereses.

La cantidad máxima de cuotas y la tasa de interés de financiación de los planes de facilidades de pago varían según el tipo del contribuyente de que se trate y según el tipo de deuda a regularizar.

Además, las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas y su monto mínimo es de $ 2.000

 

TIPOS DE CONTRIBUYENTES TIPOS DE DEUDA CANTIDAD MÁXIMA DE CUOTAS TASA DE INTERÉS DE FINANCIACIÓN
Pequeños contribuyentes, micro y pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro y sector salud Obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social (excepto retenciones y percepciones impositivas). Obligaciones aduaneras. 48 VEINTICINCO POR CIENTO (25%) de la tasa de interés resarcitorio vigente al momento de la implementación del régimen.
Medianas empresas -Tramos 1 y 2- Obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social (excepto retenciones y percepciones impositivas). Obligaciones aduaneras. 36 CUARENTA POR CIENTO (40%) de la tasa de interés resarcitorio vigente al momento de la implementación del régimen.
Pequeños contribuyentes, micro y pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro y sector salud Retenciones y percepciones impositivas 24 VEINTICINCO POR CIENTO (25%) de la tasa de interés resarcitorio vigente al momento de la implementación del régimen.
Medianas empresas -Tramos 1 y 2- Retenciones y percepciones impositivas 18 CUARENTA POR CIENTO (40%) de la tasa de interés resarcitorio vigente al momento de la implementación del régimen.