Incremento solidario a empleados de comercio: consideraciones
Desde la Federación de Centros Comerciales de la Provincia de Santa Fe -Fececo-, dejamos a disposición información útil respecto al INCREMENTO SOLIDARIO de $4000.-
Con el otorgamiento por parte del gobierno del «incremento solidario» de $4.000, oficializado mediante el decreto 14/2020, que se pagará en dos tramos, el primero desde enero de $3.000 y en febrero mil pesos más (o sea que desde febrero en adelante serán $4000), es prudente realizar algunas aclaraciones.
Alcance del incremento solidario de $4.000
La primer duda, y la más simple de contestar, es si el incremento alcanza a todos los empleados de comercio, la respuesta es un rotundo SI. El incremento otorgado alcanza a todos los Empleados en relación de dependencia, no importa el convenio colectivo en el que estuvieren, de hecho incluye también a los trabajadores fuera de convenio.
Aumentos pendientes de la paritaria del año pasado
La otra duda es, si al otorgarse este incremento por decreto, se compensa, de alguna manera con los aumentos que quedaron pendientes de la paritaria 2019. LA RESPUESTA ES NO, se pagarán tanto los $3000 ó $4.000 (según
corresponda) del decreto, como los aumentos pendientes de la paritaria del año pasado.
Recordemos, que estos aumentos pendientes son dos:
Enero 2020 4,5% Remunerativo s/escala de marzo 2019
Marzo 2020 4,5% Remunerativo s/escala de marzo 2019
Marzo 2020 3,0% No Remunerativo s/escala de marzo 2019
En abril 2020 el 3,0% No remunerativo se incorpora al básico.
Cláusula gatillo
Además de los aumentos pendientes de la paritaria del año pasado, existe una «cláusula gatillo» que se activaba ahora en enero, y por la cual el gremio de comercio, había anticipado que pediría un 22%.
Esta situación es más difícil de contestar, ya que dependerá de lo que pase del lado empresario. De hecho ya habían anticipado desde las cámaras que no podían afrontar un 22% y que esperarían a que se definiera el aumento por
decreto, algo que ya sucedió. Por lo tanto, habrá que esperar definiciones sobre este tema.
Incremento solidario será el piso de la paritaria 2020
Por último, también hay consultas sobre que pasará con los $4.000 pesos de «incremento solidario,» si se seguirán pagando o no después de febrero o marzo. LA RESPUESTA ES SI, formarán parte del salario de los trabajadores, así lo prevé el punto a) del artículo 2 del decreto «Deberá ser absorbido por las futuras negociaciones paritarias.»
Aunque la redacción puede dar lugar a más de una interpretación, el espíritu de la norma es que los $4.000 se incorporen al básico de cada convenio y sobre este se apliquen los nuevos aumentos salariales acordados en las paritarias 2020.
De todos modos, habrá que esperar a esas negociaciones para saber ciertamente como es que afecta los futuros incrementos salariales.
Créditos laborales
Será considerado para la liquidación de todos los créditos laborales, salariales e indemnizatorios (p.ej.: licencia anual, SAC, licencias especiales, vacaciones no gozadas, etc.) con la importantísima excepción que explicaremos en el
punto b) del parágrafo 4 de este comentario.
Impuesto a las ganancias
Está gravado por el impuesto a las ganancias.
Recibo
El empleador debe consignar este incremento en el recibo de sueldo en forma
separada de los demás rubros, con la denominación “Incremento solidario”
(Decreto 14/2020, Art. 2º.c).
CONTRIBUCIONES PATRONALES
Diariamente se están sucediendo cambios de normativas por lo en breve haremos llegar algunas consideraciones.
Sueldos de | |||
enero | febrero | marzo | |
Al sueldo de diciembre/19 se le agrega | 4,5% calculado s/sueldo marzo/19 – REMUNERATIVO
$3000 REMUNERATIVO |
4,5% calculado s/sueldo marzo/19 – REMUNERATIVO
$4000 REMUNERATIVO
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9% calculado s/sueldo marzo/19
3% calculado s/sueldo marzo/19 NO REMUNERATIVO $4000 REMUNERATIVO |
ESTA PÉNDIENTE DE RESOLVERSE LA APLICACIÓN DE LA CLAUSULA GATILLO A PARTIR DE ENERO 2020. EL GREMIO DE COMERCIO SOLICITO UN 22%, PERO AUN NO FUE CONSENSUADO CON LA PARTE EMPRESARIA |
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Las sumas remunerativas de $3000 de enero y de $4000 de febrero en adelante SON ABSORBIDAS POR EL AUMENTO QUE SE ACUERDE EN PARITARIAS |