AFIP estableció cambios en la generación del VEP
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) modificó el procedimiento de generación del Volante Electrónico de Pago (VEP) para la cancelación de obligaciones mediante transferencia.
Según se estableció en la Resolución General 4577/2019, ahora se deberá ingresar al servicio “Presentación de DDJJ y Pagos” que se encuentra disponible en el sitio web de la AFIP, mediante la utilización de la Clave Fiscal con Nivel de Seguridad 2 como mínimo, o a través del sitio web de los prestadores homologados por el fisco nacional.
Allí se deberá generar el VEP con alguna de las siguientes opciones:
- “Nuevo VEP”: en esta opción deberán especificarse las obligaciones a cancelar para lo cual se completarán los datos relativos a CUIT o CUIL, período, impuesto, concepto, subconcepto e importe, y cuando corresponda, otros datos identificatorios del pago.
- “VEP desde Deuda”: en esta opción el sistema desplegará el detalle de las distintas obligaciones adeudadas por cada uno de los períodos fiscales y para ello se deberá seleccionar CUIT o CUIL con la que se desea operar.
- “VEP desde Vencimientos”: aquí el sistema informará el detalle de las distintas obligaciones próximas a vencer. A tal fin se deberá indicar CUIT o CUIL con la que se desea operar.
- “VEP desde Archivo”: desde esta opción se deberá seleccionar el archivo a utilizar, confeccionado de acuerdo al diseño de registro, validaciones y demás condiciones publicadas en el micrositio “Formas de Pago” del sitio “web” institucional.
En todos los casos, el VEP estará identificado con un número unívoco y deberá ser cancelado íntegramente en un solo pago aunque contenga más de una obligación.
Elegir la entidad de pago que se utilizará para cancelar el VEP generado.
Acceder al sitio web de la entidad de pago elegida o del banco habilitado y efectuar el pago.
Para acceder a la Resolución General 4577/2019, haga clic aquí.