Continuidad del Aislamiento. Se esperan para el miércoles los informes de los Comités de Emergencia Departamentales

Luego de la reunión que el gobernador Omar Perotti mantuvo este lunes con los senadores departamentales, donde se informó el Decreto Nacional N° 408/20, al cual se adhirió mediante el Decreto Nro 363, y en el marco de los íntegros abordajes que la provincia realiza por la pandemia de coronavirus, se acordó que los Comités de Emergencia Departamental continúen analizando la situación en particular de cada Departamento del territorio provincial. POR AHORA, TODO SIGUE IGUAL.

Luego de las evaluaciones que eleve cada Departamento, se informará al Comité de Emergencia Provincial que se reunirá este miércoles, a fin de unificar un criterio para establecer la continuidad del aislamiento social, preventivo y obligatorio.

Mediante el referido decreto se dispuso que cualquier excepción en el marco de la nueva fase del aislamiento social también deberá tener informe favorable del ministerio de Salud de la provincia.

Además, la norma requiere para autorizar excepciones, incluidas las actividades laborales, que se disponga de las “declaraciones juradas, protocolos sanitarios y de prevención general a observarse en cada caso según lo disponga el ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social”.

En el caso específico de las salidas recreativas, el artículo 5 del decreto señaló que si correspondieren, serán dispuestas oportunamente por acto expreso y fundado del Poder Ejecutivo, previo informe favorable del ministerio de Salud “y en consulta con las autoridades locales”.

Con estas “se definirán en conjunto las restricciones, requisitos y modalidades aplicables”, tanto en relación a las localidades comprendidas en los dos grandes conglomerados de la provincia como en las que sin estarlo “presenten cuadros complejos desde el punto de vista de la situación epidemiológica y la circulación viral”.

En las restantes localidades no comprendidas en los alcances del artículo 5, las habilitaciones correspondientes serán otorgadas con los mismos requisitos, luego de que las autoridades locales eleven las solicitudes respectivas, en las que especificarán los protocolos de control y las restricciones, requisitos y modalidades aplicables.

En todos los casos se considerarán “los diferentes grupos poblacionales y en especial los considerados de riesgo en relación a la enfermedad, a los fines de evitar aglomeraciones” y “la fijación de diferentes días, turnos u horarios para la realización de las actividades permitidas, con el mismo fin”.

Finalmente, la norma indicó que en los casos en que se habiliten las salidas breves para caminatas de esparcimiento, será obligatorio el uso de elementos de protección de nariz, boca y mentón.

Decreto Nº 363  (descargar)