La API prorrogó nuevamente los vencimientos impositivos
La Administración Provincial de Impuestos (API) anunció que los vencimientos de los tributos previstos para mayo serán considerados presentados y/o pagados en término, cuando se efectúen dentro de los treinta días corridos posteriores. La medida fue adoptada en el marco de la emergencia Sanitaria por la pandemia de coronavirus, que establece el aislamiento social, preventivo y obligatorio.
Los conceptos tributarios previstos para mayo de 2020 y prorrogados son los correspondientes a:
► Ingresos brutos régimen simplificado, cuota de mayo.
► Impuesto sobre los ingresos brutos régimen general, cuarto anticipo, para los contribuyentes cuyo impuesto determinado sea inferior a $10.000.
► Impuesto inmobiliario rural, tercera cuota.
► Aporte al Instituto Becario, quincena 8/2020.
► Cuotas de planes de pagos cuando el contribuyente no posea CBU bancaria para su pago.
En relación a los vencimientos previstos originalmente en marzo y abril, oportunamente prorrogados, se dispone que serán considerados presentados y/o pagados en término cuando se efectúen dentro de los treinta días corridos posteriores a su último vencimiento reprogramado, con respecto a los siguientes conceptos tributarios:
► Impuesto inmobiliario urbano, segunda cuota, cuando su importe sea de hasta $673.
► Impuesto sobre los ingresos brutos régimen general, segundo y tercer anticipo, para los contribuyentes cuyo impuesto determinado para dichos anticipos sea inferior a $10.000.
► Ingresos brutos régimen simplificado, cuota de marzo y abril.
► Aporte al Instituto Becario, quincenas 5 y 6/2020.
► Cuotas de planes de pagos cuando el contribuyente no posea CBU y las mismas hubieren vencido durante en el mes de abril de 2020
Nuevas fechas de vencimiento
► Impuesto inmobiliario rural, tercera cuota: dígito de control de Partida 0 – 1, el 16/06/2020; dígito de control de Partida 2 – 3, el 17/06/2020; dígito de control de Partida 4 – 5, el
18/06/2020; dígito de control de Partida 6 – 7, el 19/06/2020; dígito de control de Partida 8 – 9, el 22/06/2020.
► Impuesto inmobiliario urbano, segunda cuota, cuando el importe de ésta sea de hasta $673: dígito de control de Partida 0 – 1, el 22/06/2020; dígito de control de Partida 2 – 3, el 23/06/2020; dígito de control de Partida 4 – 5, el 24/06/2020; dígito de control de Partida 6 – 7, el 25/06/2020; dígito de control de Partida 8 – 9, el 26/06/2020.
Impuesto sobre los ingresos régimen general
► Segundo, tercer y cuarto anticipo del impuesto sobre los ingresos brutos cuyo impuesto determinado para dicho anticipo sea inferior a $10.000.
Los vencimientos para dichos anticipos de 2020 serán, según la terminación del número de Cuit (dígito verificador), los siguientes: Cuit terminado en 0 a 2, el 16/06/2020; terminado en 3 a 5, el 17/06/2020; terminado en 6 a 7, el 18/06/2020; terminado en 8 a 9, el 19/06/2020.
Régimen simplificado
► Vencimientos de los períodos febrero, marzo y abril 2020 serán: Cuit terminado en 0 a 2, el 16/06/2020; terminado en 3 a 5, el 17/06/2020; terminado en 6 a 7, el 18/06/2020; terminado en 8 a 9, el 19/06/2020.
Aportes al Instituto Becario
Se considerará ingresados en término los pagos de la quincena 5/2020 (período desde el 01/03/2020 hasta el 15/03/2020), 6/2020 (período desde el 16/03/2020 hasta el 31/03/2020) y 7/2020 (período desde el 01/04/2020 hasta el 15/04/2020) de Aportes al Instituto Becario, ley 8.067, cuando se efectúen hasta el 10 de junio próximo.
Planes de pago formalizados hasta el 30 de abril
►Las cuotas con vencimientos 13/04/2020 y 11/05/2020, que no deban ser canceladas con débito en cuenta bancaria a través de la CBU, cuando se efectúen hasta el 10 de junio de 2020.
Desde la API recuerdan a los contribuyentes utilizar los medios de pago electrónicos habilitados, como así también obtener un turno online para su atención personalizada.
Fuente: Diario “La Capital”