REPRO II y MEDIDAS PROVINCIALES DE ASISTENCIA

 

Desde Fececo informamos detalles respeto a Asistencia por REPRO II. Y recordamos que la inscripción empezará el día 26 de mayo, y finaliza el 1 de Junio. Además, al final de la nota, encontrarán el PDF con toda la información sobre la asistencia del Gobierno provincial al respecto.

Los detalles :

📌 Se incrementa el monto máximo del beneficio de $18.000 a $22.000 por relación laboral para las empleadoras y los empleadores encuadrados en los sectores críticos y salud

 

📌 Las empresas pertenecientes a los sectores críticos particularmente afectados por la actual coyuntura contarán con los siguientes beneficios:

 

1️⃣ Reducción del 100% de las contribuciones patronales destinadas al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).

2️⃣ Requerimiento de información limitada a dos indicadores, facturación y liquidez corriente. Se exime de la obligación de presentar balance.

3️⃣Para evaluar la variación de la facturación, se compara todos los días de mayo de 2019 contra los primeros 24 días de mayo de 2021. Esto implica que el Programa asume que la empresa no tendrá facturación entre el 25 y el 31 de mayo.

 

📌 Se amplía el listado de actividades consideradas “críticas”, incorporando a los siguientes sectores:

 

1️⃣ Comercio de rubros no esenciales (indumentaria, textiles, cuero, calzado, electrónica, electrodomésticos, muebles y vehículos, entre otros)

2️⃣ Comercio de ramas esenciales pero que en los últimos meses han estado afectados por la caída de la circulación (por ejemplo, kioscos, panaderías, heladerías y estaciones de servicio)

3️⃣Centros de compra localizados en el AMBA.

 

De este modo, el universo potencial de trabajadoras y trabajadores dentro de la categoría de críticos pasa de 880 mil a 1,4 millones.

 

📌 Los trabajadores independientes, es decir, monotributistas y autónomos podrán inscribirse al REPRO II pudiendo obtener un beneficio de $22.000 por trabajadora o trabajador independiente. Esto será válido para quienes no tengan empleados en relación de dependencia o tengan hasta 5 empleados y que además formen parte de los siguientes sectores:

☑️ Gastronomía

☑️ Turismo

☑️ Transporte

☑️ Industrias culturales

☑️ Actividades deportivas y de esparcimiento

☑️ Comercio de rubros no esenciales y de ramas esenciales pero que en los últimos meses han estado afectados por la caída de la circulación

☑️ Peluquerías y centros de belleza

 

📌 Para acceder al beneficio, las trabajadoras y los trabajadores independientes deberán reunir con las siguientes condiciones:

 

1️⃣ Contar con al menos dos aportes en los últimos seis meses en el régimen de monotributo y/o autónomo.

2️⃣ Presentar una reducción de la facturación mayor al 20% en términos reales, entre mayo de 2019 y del 1° al 24° de mayo de 2021.

3️⃣ Para el caso de ser empleadora o empleador deberá registrar un nivel de liquidez corriente inferior a un valor establecido por el Comité de Evaluación y Seguimiento del REPRO II.

COMPARTIMOS ADEMÁS INFORMACIÓN SOBRE MEDIDAS DE APOYO INSTRUMENTADAS DESDE EL GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA FE.

MEDIDAS ECONOMICAS-20210524