Programa “Precios Santafesinos” – Información para comercios

Mediante el Decreto 97/2020 se crea el Programa ”Precios Santafesinos” siendo el Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología el responsable de su implementación.     En este marco y según los términos del Art. 4º.  FECECO, representación de los centros comerciales de la Provincia,   celebró un convenio de colaboración con el referido Ministerio.

En el marco de estos convenios las entidades firmantes no se comprometen más allá de la difusión, acercamiento de socios, complementación y colaboración para la instrumentación del programa a lo largo y ancho de la provincia, comprometiéndose a un trabajo coordinado con el gobierno provincial por 2 años.

Precio y foto ilustrativo.

Cada supermercado, minimercado, autoservicio, almacén o quiosco que adhiera al Programa “Precios Santafesinos”, deberá tener en cuenta los siguientes puntos que hacen al convenio que se celebra individualmente con la Secretaría de Comercio Interior y Servicios:

  • Disponer de los productos y genéricos al precio acordado durante el plazo de 2 meses, duración de cada etapa del programa con los artículos incluidos
  • Disponer la cartelería cenefa correspondiente a elección de las incluidas en el Manual de Señalética aprobado por la Secretaría de Comercio Interior y Servicios.
  • Disponer el cartel de “Comercio Adherido” al ingreso a la superficie comercial.
  • Informar cualquier tipo de “evento” ó “alerta” que signifique un inconveniente en el normal desarrollo del programa.

Para la Secretaría de Comercio Interior y Servicios, el compromiso con los comercios adheridos es el siguiente:

  • Acercar a productores y proveedores mayoristas en términos de productos incluidos en cada etapa para el aprovisionamiento de los artículos con total normalidad
  • Ofrecer cartelería y publicidad a los comercios adheridos
  • Actualizar el listado de productos, precios, supermercados y localidades con comercios adheridos.
  • Facilitar la circulación de información, convenios y acuerdos a lo largo de la ejecución del programa.

Cabe destacar que el programa ha incluido en cada convenio marco como específico la cláusula de duración con 2 años, considerando el plazo óptimo para su instrumentación, aclarando que cada comercio puede rescindir su acuerdo cuando lo disponga, en los términos establecidos en las cláusulas correspondientes.

Los comercios interesados en adherirse al programa deben dirigirse por mail al centro comercial de su localidad solicitando la adhesión al Programa e informando los siguientes datos para la incorporación en el sitio de Internet y la elaboración del convenio específico.

  • Razón Social del comercio
  • Nombre de fantasía
  • Domicilio real.  En caso de tener sucursales el domicilio de cada una de ellas
  • CUIT
  • Localidad
  • Nombre y apellido del responsable autorizado
  • DNI
  • Teléfono de contacto
  • Correo electrónico
  • Página web del comercio (en caso de tenerla)
  • Datos de redes sociales (en caso de tenerlas)

Los centros comerciales reenviarán estos datos a FE.CE.CO. quien los trasladará al Ministerio de la Producción.

INSTRUMENTACION

Para la instrumentación del programa por parte de cada comercio adherido, se pone a disposición el siguiente resumen de procedimientos para tener en cuenta:

  • La responsabilidad de disposición de artículos del acuerdo es responsabilidad del comercio
  • La Secretaría de Comercio Interior y Servicios colabora con la realización de mesas de trabajo con proveedores, fabricantes, mayoristas y productores.
  • El comercio debe informar cualquier eventualidad en lo que hace a la disposición de stock como cambios de precios que signifiquen la imposibilidad de disponer del artículo afectado en la góndola.
  • El comercio debe disponer artículos en los 8 rubros incluidos en el programa:

o   Almacén: víveres secos de primera necesidad. Incluyendo panificados

o   Bebidas: sin alcohol.

o   Frescos: varios.

o   Lácteos: varios.

o   Sin TACC: para elaborar y consumo directo.

o   Verdulería: frutas, hortalizas, verduras.

o   Carnes: roja, pollo, cerdo y pescado

o   Limpieza-Tocador: limpieza del hogar como personal. Incluye gestión menstrual.

  • Ningún artículo se repite, por lo tanto son 90 artículos (primera etapa 2020) distintos.
  • Se considera apto para adherir al programa al comercio que incluya individualmente el 60% de los artículos de los rubros que comercializa en su superficie.
  • En caso de no poder cumplimentar con este requisito, y el comercio insiste en su adhesión, la Secretaría está facultada a considerar excepciones en el convenio específico firmado.
  • Una vez adherido al programa, y confirmada la disposición de los artículos, precios y cartelería, el comercio deberá enviar registro fotográfico a través del correo electrónico dispuesto para el programa, con la siguiente inscripción en el asunto: “Enviamos fotos de productos, precios y cartelería”.
  • Para informar novedades, alertas, quejas o denuncias, el comercio puede utilizar la pestaña “Denuncia Incumplimiento” que está dispuesto en el micrositio de internet del programa. Esa utilidad es tanto para consumidores como comercios. Para el caso del comercio, se solicita incorporar la inscripción “Soy comerciante” en las observaciones.

Fuente:  Secretaría de Comercio y Servicios del Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología de la Provincia de Santa Fe