NORMAS PARA LA ATENCIÓN DE SUPERMERCADOS

Las siguientes normas son de CUMPLIMIENTO OBLIGATORIO para los SUPERMERCADOS.

Aplicando el sentido común y teniendo en cuenta los “considerandos” de la medida (que resaltamos en negrita), es sugerible recomendar estas normas al resto de los comercios que están exceptuadas de su cumplimiento obligatorio (en la medida de sus posibilidades).

 

En el marco del aislamiento social preventivo y obligatorio vigente desde el viernes 20 de marzo, el Gobierno estableció este lunes 23 de marzo  nuevas limitaciones para los supermercados, como la implementación de lugares de espera específicos para entrar a los locales y horarios de atención extendidos para que no se generen aglomeraciones. Las medidas fueron informadas a través de la Resolución 101/2020 publicada en el Boletín Oficial. En principio estas medidas estarán vigentes por 30 días (hasta el 22 de abril), aunque, aclara, que ese plazo
podrá ser prorrogado en caso de necesidad.

Entre otras cosas, estos comercios tendrán que brindar “un horario de atención al público de al menos 13 horas diarias en función de los flujos de la demanda y a fin de evitar las concentraciones de los clientes”.

Además, será obligatorio “disponer de personal específicamente destinado a controlar el acceso y evitar aglomeraciones en los locales de venta en función de la superficie de los mismos, a fin de mantener una óptima relación entre espacio y asistentes”.

En este sentido, los locales deberán “señalizar los lugares de espera, de manera de mantener una distancia de un metro y medio entre cliente/a y cliente/a en lugares de espera sea tanto en línea de caja y/o donde los/as consumidores deban formar fila de espera para ser atendidos”.

Por último, se establece “armar y disponer en todo el piso de venta de los establecimientos comerciales, de banners, audios y materiales de prevención” al alcance de los compradores.

El segundo artículo de esta Resolución aclaró que están exceptuados de esta norma los supertiendas; autoservicios de productos alimenticios y no alimenticios; cadenas de negocios minoristas; organizaciones mayoristas de abastecimientos; tipificadores-empacadores de productos perecederos, y centros de compras.

Por otra parte, el texto advirtió que “los incumplimientos a la presente norma serán sancionados” y precisó que todas las quejas que pudieran tener los establecimientos ante futuras inspecciones deberán hacerse a través de la Plataforma “Trámites a Distancia” (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE).

Entre los considerandos, las autoridades nacionales señalaron que “los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos; a una información adecuada y veraz, a la libertad de elección y a condiciones de trato equitativo y digno”.

Además, el Gobierno remarcó que es “un interés prioritario tener asegurado el acceso sin restricciones a los bienes básicos, especialmente aquellos tendientes a asegurar la alimentación, la limpieza y el aseo personal”.

A partir de este domingo los supermercados unificaron horario y comenzaron a atender entre las 7 y las 20 horas. Así lo acordaron la Federación de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS), representada por su Secretario General, Armando Cavalieri, y la Asociación de Supermercados Unidos (ASU), representada por su Director Ejecutivo, Juan Vasco Martínez.