Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento – Normas complementarias y aclaratorias
El Ministerio de Desarrollo Productivo, a través de la Resolución 4/2021 , aprobó las normas complementarias y aclaratorias referidas al Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento creado por la Ley N° 27.506 y su modificatoria, reglamentado por el Decreto N° 1034/20.
Recordamos que la ley apunta a promover nuevas tecnologías, generar valor agregado, fomentar el empleo de calidad, facilitar el desarrollo de PyMES y aumentar las exportaciones de las empresas que se dediquen a servicios basados en el conocimiento. Entre los principales beneficios que ofrece este régimen de promoción se destaca la reducción de manera segmentada del Impuesto a las Ganancias según el tamaño de la empresa; una rebaja de hasta 70% en las contribuciones patronales y un alícuota del 0% de derechos de exportación de servicios.
La resolución también faculta a la Subsecretaría de Economía del Conocimiento de la Secretaría de Industria, Economía del Conocimiento y Gestión Comercial Externa del Ministerio de Desarrollo Productivo a implementar las acciones y dictar las normas necesarias a efectos de tornar operativas las previsiones dispuestas por la mencionada ley y decreto.
En este sentido, podrá acceder al Anexo I que establece las actividades y rubros comprendidos en el Régimen.
Por otra parte, el Anexo II precisa las actividades que deben desarrollarse en el país (Artículo 2° de la Ley N° 27.506 y su modificatoria).
En cuanto al Anexo III , el mismo contiene las actividades y los códigos CLAE .
Por último, el Anexo IV establece que las zonas desfavorables , que tendrán un beneficio adicional de 10% sobre las contribuciones patronales, son: las provincias de San Juan; Tucumán; Catamarca; La Rioja; Entre Ríos; Jujuy; Corrientes; Salta; Misiones; Chaco; Santiago del Estero; y Formosa.
Fuente: CAMARA ARGENTINA DE COMERCIO