La Federación de Cámaras Empresarias del Comercio y Otras Actividades de la Provincia de Santa Fe (FECECO) informa a sus entidades adheridas y al sector productivo sobre los alcances y la obligatoriedad de la Categorización Ambiental Digital en el ámbito provincial.
En la provincia de Santa Fe, en el marco de lo dispuesto por la Ley Provincial N.º 11.717 de Medio Ambiente y su normativa reglamentaria, la Categorización Ambiental Digital constituye un trámite de carácter obligatorio para prácticamente todas las actividades económicas, abarcando establecimientos comerciales, industriales y de servicios, tanto para nuevos emprendimientos como para aquellos que ya se encuentran en funcionamiento.
El objetivo central de este procedimiento es evaluar y clasificar a cada unidad de negocio según su Nivel de Complejidad Ambiental (NCA), permitiendo determinar qué requisitos técnicos, licencias o estudios complementarios deben gestionarse para operar de manera reglamentaria.
Clasificación según el Nivel de Complejidad Ambiental (NCA)
Al completar el formulario en el sistema provincial, la plataforma asigna automáticamente una de las siguientes categorías en función de la actividad y sus dimensiones:
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Eximidas: Comprende actividades sin un impacto ambiental significativo, tales como pequeñas oficinas administrativas, prestación de servicios profesionales o comercios minoristas de muy bajo riesgo. No requieren estudios ni trámites técnicos adicionales.
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Categoría 1 (Bajo Impacto): Incluye comercios e industrias de escala menor o bajo riesgo ambiental. Los titulares cumplen la obligación mediante la presentación de una Declaración Jurada básica en la plataforma digital.
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Categoría 2 (Mediano Impacto): Abarca establecimientos como talleres mecánicos medianos, plantas de acopio de granos, pinturerías industriales o industrias manufactureras medias. En estos casos, se debe tramitar la Licencia Ambiental Digital adjuntando un Informe Ambiental de Proyecto (IAP) o un Informe de Cumplimiento firmado por un profesional habilitado.
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Categoría 3 (Alto Impacto): Aplica a plantas industriales complejas, tales como frigoríficos, mataderos, plantas químicas, fundiciones o industrias pesadas. Requieren la formulación de un Estudio de Impacto Ambiental (EsIA) integral.
Excepciones normativas
La reglamentación vigente contempla excepciones que poseen circuitos diferenciados:
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Loteos y urbanizaciones: Se rigen por un régimen normativo específico de evaluación ambiental (conforme a la Resolución 350/2017).
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Comercios de subsistencia y servicios directos: Si bien el sistema suele categorizarlos como eximidos o de Categoría 1, quedan relevados de presentar licencias o informes técnicos complejos.
¿Cómo realizar el trámite online?
El procedimiento se gestiona de forma 100% digital a través del portal de Gestiones Ciudadanas del Gobierno de la Provincia de Santa Fe.
Recordamos a los comerciantes, empresarios y asesores contables que para iniciar esta gestión es requisito indispensable contar con la ID Ciudadana activa.
Para iniciar la Categorización Ambiental Digital o consultar el estado de su establecimiento, acceda al portal oficial del Gobierno provincial: [Gestiones Ciudadanas – Categorización Ambiental Digital].





























