La Administración Provincial de Impuestos (API) de la Provincia de Santa Fe puso en marcha un nuevo Procedimiento Simplificado de Devolución y/o Compensación (PSDC) para los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, con el fin de agilizar la gestión de saldos a favor generados por sistemas de recaudación anticipada.
Este régimen, aprobado por la Resolución General API 19/2025, estará vigente hasta el 30 de septiembre de 2025, y busca facilitar la devolución o compensación de estos saldos a quienes cumplan con los requisitos establecidos.
Requisitos para acceder al procedimiento
Podrán acceder los contribuyentes que:
- Estar inscripto en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos en la Provincia de Santa Fe.
- Estar calificado “Sin riesgo Fiscal” o en “Riesgo Fiscal 1” por la Administración Provincial de Impuestos.
- No registrar apremios fiscales pendientes.
- No encontrarse en situación de concurso preventivo, quiebra o disolución.
- No tener procesos de fiscalización en curso.
- No tener procesos de discusión administrativa y/o judicial en curso.
- No estar adherido a planes de facilidades de pago en curso.
- El saldo a favor exteriorizado deberá originarse en sistemas de recaudación anticipada.
- No haber presentado DJ rectificativas disminuyendo base imponible o alícuotas.
- No haber obtenido una devolución mediante este procedimiento dentro del plazo de
sesenta (60) días anteriores a la solicitud. - No tener iniciado un recurso de repetición u otra gestión de devolución. En su caso,
deberá desistir expresamente de dicho reclamo antes de utilizar este procedimiento. - No estar adherido al régimen de regularización de activos establecido por la Ley N°
14386 y reglamentado por RG N°11/2025.
Además, el saldo a favor deberá derivarse exclusivamente de regímenes de percepción y/o retención.
Límites y montos autorizados
El Saldo a Favor Autorizado (SFA) se determinará según el nivel de riesgo fiscal:
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Sin riesgo fiscal:
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Hasta $2.000.000: 100 % del saldo podrá devolverse.
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Más de $2.000.000: 70 %, con tope de $5.000.000.
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Riesgo Fiscal 1:
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Hasta 50 % del saldo, con tope de $5.000.000.
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¿Cómo iniciar la solicitud?
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Ingresar al sitio oficial de API Santa Fe: www.santafe.gov.ar/api y acceder a la sección “Gestión de Devoluciones”.
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Ingresar la solicitud, con declaración de CBU (dos, si se poseen).
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En caso de inconsistencias, se notificará el rechazo para correcciones.
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Si es aprobada, se informará el SFA y el monto a compensar. La aceptación implica renuncia a reclamos administrativos o judiciales.
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Presentar una declaración jurada rectificativa del período correspondiente.
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Finalmente, se emitirá la orden de pago, previa validación por parte de API.
Cabe destacar que este procedimiento no implica reducción de intereses ni liberación de sanciones, y que la API conserva todas sus facultades de control sobre los períodos involucrados.
Para más detalles técnicos, se puede consultar la Resolución General API 19/2025, publicada en el Boletín Oficial el 27 de marzo de 2025.