Ante las consultas de asociados, la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC) expone las nuevas modificaciones que establece la Resolución 340 E del Boletín Oficial dejando claro que los cambios efectuados no contemplan una elevación en los topes de facturación.
Es de resaltar que la última modificación de los topes fue realizada a fin de marzo, lo que fue publicado debidamente en la web de la CAC y transmitido a sus socios a través de su newsletter. Por entonces, la normativa publicada fue la Resolución 103 E, que establecía los siguientes parámetros, aún en vigencia:
Cabe resaltar que la nueva Resolución 340 E de la Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa de la Nación establece las siguientes modificaciones:
- Se incluyen las empresas financieras y de seguros, que hasta entonces estaban excluidas totalmente de la asignación del carácter de PyMEs. Tras las modificaciones se les aplica un tope patrimonial (de $ 100 millones) además del tope de ingresos para que puedan gozar del tal carácter. Este tope patrimonial se aplica también a las empresas de actividad inmobiliaria que habían sido consideradas para recibir el carácter de PyMEs recientemente (también estaban excluidas).
- Se eleva del 10% al 20% el mínimo de participación en el capital para que dos o más empresas se consideren vinculadas a efectos del otorgamiento del carácter de PyMEs. Se mantiene también la forma de medir los ingresos tanto para empresas vinculadas como controladas -cuyo porcentaje mínimo de participación se mantiene en el 50%- para asignar el carácter de PyMEs.
- Se incorpora un artículo para empresas emprendedoras con participación o inversiones de instituciones de capital emprendedor para las que no serán de aplicación las limitaciones por estar vinculadas o controladas por otras empresas o grupos económicos aún del exterior.