Alivio fiscal para el comercio santafesino: se habilitó el crédito fiscal por Impuesto Inmobiliario

673

El Gobierno de la Provincia de Santa Fe, a través de la Administración Provincial de Impuestos (API), implementó desde abril un nuevo beneficio impositivo orientado a aliviar la carga fiscal del sector comercial y de servicios. En el marco de la Ley Tributaria 2025, se encuentra vigente la posibilidad de solicitar un crédito fiscal equivalente al 25% del monto abonado por el Impuesto Inmobiliario de los locales afectados a la actividad económica, el cual podrá deducirse del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

A través del sitio web de API, los contribuyentes que desarrollen actividades comerciales y/o de servicios pueden gestionar esta deducción, aplicable a los pagos del Impuesto Inmobiliario realizados durante el período fiscal 2025. Este beneficio también alcanza a quienes utilizan inmuebles alquilados o en comodato.

“Es una medida que se enmarca en la decisión del Gobierno santafesino de aliviar la carga tributaria para los sectores productivos”, expresó el subsecretario de Ingresos Públicos, Florencio Galíndez. “Estas acciones se plasmaron en la actual Ley Tributaria, en donde se sostuvo la estabilidad fiscal para PyMEs, se elevó el piso de exención de Ingresos Brutos para las industrias, se mantuvo la exención para las actividades agropecuarias, se redujo el Inmobiliario Rural y se ampliaron las exenciones para otros impuestos y tasas”.

Por su parte, el secretario de Comercio Interior y Servicios, Gustavo Rezzoaglio, destacó el trabajo conjunto con los sectores productivos para generar beneficios concretos:

“En este caso, con la disminución de la carga tributaria prevista en la ley, se habilita la deducción del 25% del Impuesto Inmobiliario en el pago de Ingresos Brutos del establecimiento”.

El funcionario aclaró además que este beneficio es aplicable incluso si el local comercial no es de propiedad del contribuyente.

Tres etapas para acceder al crédito fiscal

La implementación del crédito fiscal se llevará a cabo en tres etapas a lo largo del año:

  • Primera etapa: vigente durante abril, alcanza a contribuyentes que hayan realizado el Pago Total Anual del Inmobiliario 2025.

  • Segunda etapa: prevista para junio.

  • Tercera etapa: se habilitará en enero de 2026.

Para conocer en detalle los requisitos y acceder al trámite, los interesados pueden ingresar haciendo click acá o consultar las redes oficiales de la Administración Provincial de Impuestos.

Desde FECECO celebramos la implementación de medidas que favorecen la competitividad del comercio y los servicios en la provincia, y reafirmamos nuestro compromiso de acompañar a nuestras entidades adheridas en la gestión de estos beneficios.