Reempadronamiento obligatorio en la IGPJ Santa Fe

Lo establece la Resolución 2/2022 de la Inspección General de Personas Jurídicas e incluye a las entidades gremiales empresarias (centros comerciales, cámaras de empresarios y similares).

El reempadronamiento está vigente y deberá completarse a más tardar el 31 de julio de 2022.

 

 

  • Es obligatorio el Reempadronamiento de Asociaciones Civiles, Fundaciones y Sociedades por Acciones que tengan domicilio en la Provincia de Santa Fe, incluidas las extranjeras que se hubiesen presentado ante la Inspección General de Justicia de la Provincia de Santa Fe.
  • Es gratuito y se realiza por vía digital, mediante la emisión y envío del formulario correspondiente.
  • El envío del formulario se realizará por correo electrónico a la dirección reempadronamiento@santafe.gov.ar.
  • El correo electrónico antes mencionado emitirá una respuesta automática de recibo, que constituirá comprobante suficiente del envío.
  • No obstante, si el formulario estuviera incompleto se le hará saber al remitente y no se tendrá por cumplido el deber establecido en la presente.
  • Quedan excluidas de lo dispuesto en la presente las personas jurídicas constituidas a partir del al 1º de enero de 2020.

Los trámites que las personas jurídicas promuevan ante este organismo no tendrán curso mientras no se haya dado cumplimiento al Re empadronamiento.

Descargar formulario: CLIC ACÁ

Descargar Resolución 2/2022 de la IGPJ

Sugerencia:  previo a realizar el Re empadronamiento sugerimos solicitar, para el caso que aún no lo tengan, EL USUARIO DE LA ENTIDAD, para ello, dejamos un LINK con la descripción paso a paso para tramitarlo, PODÉS ACCEDER HACIENDO CLIC ACÁ