Devolución de IVA: ¿cómo funciona?

Desde Fececo dejamos información acerca de la DEVOLUCIÓN DE IVA

CONSIDERACIONES PRINCIPALES

  • Rige desde el 18 de septiembre y -al menos- hasta el 31/12/2023
  • El programa “Compre sin IVA” tendrá impacto en aquellos trabajadores en relación de dependencia que perciban ingresos menores a los $708.000 mensuales;
  • Todas las personas inscriptas en MONOTRIBUTO
  • Jubilados y pensionados que perciban hasta seis haberes mínimos, y titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH), Tarjeta Alimentar o Potenciar Trabajo
  • Beneficio: devolución del 21% del IVA en sus compras, con un tope de retorno de hasta $18.000 mensuales.
  • Cabe remarcar que NO SON LOS COMERCIOS los que deben hacer un descuento en el pago final. El monto lo reintegrará el Estado a las 24 o 48 de efectuarse la compra. Por lo tanto, a la hora de llegar a la caja, a una persona se le cobrará el mismo valor de producto. Éste podrá complementarse con otros descuentos y promociones vigentes.

 

 

¿Cómo saber si un comercio está adherido al “Compra sin IVA”?

Según la disposición oficial, todos los comercios minoristas y mayoristas que estén inscriptos en la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) forman parte de la medida.

De esta manera, en los locales que estén registrados como tal, y que vendan los artículos de la canasta básica, se podrá acceder a este beneficio.

 

¿Cómo una persona puede saber si es beneficiario del programa?

Si una persona tiene dudas sobre si entra o no dentro del “Comprá Sin IVA”, más allá del espectro de ingresos mensuales definido para el mismo, se pueden seguir los siguientes pasos:

  1. Ingresar a: https://servicioscf.afip.gob.ar/publico/reintegro/consulta.aspx
  2. Completar los campos con el CUIL o CUIT y el código de seguridad
  3. Tras hacerlo, aparecerá en la pantalla si está o no incluido

¿Cómo se identifica un reintegro? 

Los reintegros correspondientes a los consumos alcanzados por el beneficio figuran en el resumen de cuenta de la tarjeta de débito con la leyenda “Reintegro programa COMPRE SIN IVA”. Pero, además, para la devolución del IVA, la AFIP determina un CBU de la cuenta bancaria informada por el beneficiario. En caso de no tener una cuenta informada, el organismo público selecciona una cuenta bancaria de todas las que tenga la persona para realizar allí la devolución del dinero.

No obstante, las personas beneficiarias pueden ingresar a AFIP y dar de alta el CBU de la cuenta en la que quieren recibir la devolución de IVA, siempre que se consuma con los medios de pago habilitados de la misma entidad que se declara.

 

¿Qué productos se encuentran comprendidos por la medida?

La Canasta Básica Alimentaria del Instituto Nacional de Estadística y Censos, cuyos productos están afectados con la medida impositiva está compuesta por:

  • Pan
  • Galletitas de agua
  • Galletitas dulces
  • Arroz
  • Harina de trigo
  • Fideos
  • Papa
  • Batata
  • Azúcar
  • Dulces: dulce de batata, mermelada y dulce de leche
  • Legumbres secas
  • Hortalizas: acelga, cebolla, lechuga, tomate, zanahoria y zapallo
  • Frutas: manzana, mandarina, naranja, banana y pera
  • Carnes: asado, carnaza común, espinazo, paleta, carne picada, nalga, pollo y carne de pescado
  • Menudos (Hígado)
  • Fiambres: paleta cocida y salame
  • Huevos
  • Leche
  • Quesos: queso crema, queso cuartirolo y queso de rallar
  • Yogur
  • Manteca
  • Aceite
  • Bebidas no alcohólicas: gaseosas, jugos concentrados y soda
  • Bebidas alcohólicas: cerveza y vino
  • Sal fina
  • Condimentos: mayonesa y caldos concentrados
  • Vinagre
  • Café
  • Yerba

Además, se incluyen a éstos aquellos artículos de higiene personal.

¿Cómo se aplicará la devolución del IVA para estos productos?

Los beneficiarios no tendrán que efectuar ningún trámite para que, a las 24 o 48 horas hábiles, reciban la devolución del 21% del Impuesto al Valor Agregado. El retorno se llevará adelante de manera automática en las operaciones realizadas con tarjeta de débito y las billeteras virtuales que se adhieran (hasta el 6/10 BILLETERA SANTA FE, MODO, MERCADO PAGO), pagando con las tarjetas de débito vinculadas, no con saldo virtual

Que formas de pago alcanza?

  • Tarjetas de débito
  • Billeteras virtuales que se vayan sumando
  • BILLETERA SANTA FE
  • MODO
  • MERCADO PAGO