La Subsecretaría de Acciones para la Defensa de las y los Consumidores, a través de la Disposición 14/2020 estableció nuevos Precios Máximos para las categorías de productos que se detallan a continuación:
- Aceite de girasol: 5%
 - Alimentos congelados: 3%
 - Alimentos para mascotas: 4%
 - Arroz y legumbres: 4%
 - Bebidas: 3%
 - Conservas, chacinados y encurtidos: 3%
 - Cuidado personal: 4%
 - Dulces y endulzantes: 2%
 - Harina de trigo: 5%
 - Infusiones: 4%
 - Leches y sus derivados: 2%
 - Limpieza del hogar, Cocina y Bazar: 3%
 - Papeles: 3%
 - Resto aceites: 2%
 - Resto harinas, fideos, galletitas y panificados: 3%
 - Sopas, caldos, puré, aderezos, condimentos y snacks: 2%
 - Vinos, espumantes y jugos puros cien por ciento de frutas: 6%
 - Yerba: 6%
 
También la medida establece que almacenes, comercios, y demás sujetos alcanzados deberán poseer, en cada uno de sus puntos de venta, los listados de los precios de cada producto, debiendo constar el precio vigente al día 6 de marzo de 2020, el precio resultante del incremento establecido por la Disposición N° 13/20 de la Subsecretaría de Acciones para la Defensa de las y los Consumidores y el precio actual, conforme la aplicación del porcentual autorizado.
Recordamos que el programa tiene vigencia hasta el próximo 31 de octubre.
			

















