a Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó la extensión de la suspensión de ejecuciones fiscales y medidas cautelares para entidades sin fines de lucro y contribuyentes del sector salud hasta el 31 de diciembre de 2025, mediante la Resolución General N.º 5736/2025, publicada en el Boletín Oficial con fecha 31 de julio.
La medida complementa lo establecido por la Resolución General 5628, que había fijado este beneficio con vencimiento el 31 de julio, y responde a una política orientada a aliviar las cargas fiscales de sectores estratégicos y sensibles del entramado social y sanitario.
¿A quiénes alcanza el beneficio?
La prórroga comprende a:
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Entidades sin fines de lucro registradas ante ARCA al 25 de julio de 2025, conforme a las formas jurídicas contempladas por la normativa vigente.
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Contribuyentes del sector salud, en el marco de lo encomendado por el Ministerio de Economía a través de la Resolución N.º 1.066/2025.
Alcances y limitaciones
Durante la vigencia de la medida, no se iniciarán nuevos juicios de ejecución fiscal ni se trabarán medidas cautelares contra los sujetos alcanzados. Sin embargo, la suspensión no será aplicable en los siguientes casos:
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Existencia de grave afectación del interés fiscal.
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Situaciones de caducidad de instancia.
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Riesgo de prescripción inminente.
Vigencia
La disposición rige desde el 31 de julio de 2025, fecha de su publicación oficial, y tendrá efectos hasta el 31 de diciembre de 2025.