Códigos «QR» obligatorios en las facturas electrónicas

16

La AFIP dispuso la obligación de incorporar en los comprobantes electrónicos la identificación de un código de respuesta rápida “QR”. Esta medida alcanza a todos los contribuyentes y/o responsables cuya autorización de emisión de comprobantes electrónicos, se haya tramitado en los términos del “Régimen de Emisión de Comprobantes Electrónicos” establecido por la Resolución General N° 4.291.

Descargar Resolución General AFIP 4892/2020