El Ministerio de Capital Humano lanzó una nueva edición del Programa Crédito Fiscal, destinado a fomentar la inversión privada en formación profesional. La iniciativa, formalizada mediante la Resolución 437/2025, busca fortalecer las competencias laborales de trabajadores ocupados y mejorar la empleabilidad de personas desocupadas, elevando la productividad de empresas y cooperativas en todo el país.
Este programa permite a las firmas obtener beneficios impositivos a cambio de invertir en capacitación. El crédito puede aplicarse a tributos cuya percepción esté a cargo de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
¿Quiénes pueden participar?
Podrán acceder al beneficio como Organismos Responsables:
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Micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyMEs)
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Grandes empresas
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Cooperativas de trabajo registradas bajo la Ley N° 20.337
Y como Organismos Adherentes:
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Empresas de su cadena de valor
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Instituciones de Formación Profesional registradas
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Entes de agrupamientos industriales (RENPI)
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Cámaras empresarias, sindicatos y organizaciones del sector
Quedan excluidas las empresas incluidas en el REPSAL y aquellas cuya actividad principal sea la intermediación financiera o seguros (salvo excepciones).
Cupo disponible y requisitos
El crédito fiscal 2025 cuenta con un cupo total de $400 millones, distribuidos regionalmente. Para la Región Centro (Santa Fe, Córdoba y Entre Ríos) se destinarán $77.156.000.
Para presentar propuestas, las empresas deben:
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Estar inscriptas en el Registro REGICE
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Cargar la propuesta en la Plataforma de Crédito Fiscal
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Formalizar la presentación a través de la plataforma TAD (Trámites a Distancia), acompañando la documentación correspondiente
Monto financiable y características de las capacitaciones
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MiPyMEs y cooperativas: hasta el 30% de su masa salarial (tope: $6 millones)
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Grandes empresas: hasta el 8‰ de su masa salarial (tope: $6 millones)
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Si se incluyen trabajadores desocupados, el monto puede ampliarse hasta $10 millones
Las capacitaciones pueden desarrollarse de forma presencial, semipresencial o virtual, y deben tener una duración de entre 8 y 120 horas reloj. Se permite destinar hasta el 50% del presupuesto a equipamiento.
¿Qué gastos cubre el programa?
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Honorarios docentes: hasta $15.000 por hora
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Insumos: hasta $25.000 por persona
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Elementos de protección personal (EPP) para desocupados: hasta $30.000 por persona
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Aranceles de cursos abiertos: hasta $5.000 por hora por trabajador
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Honorarios contables: hasta $35.000 por certificación (máximo dos)
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Formulación y seguimiento: hasta el 10% del monto total, con tope de $400.000
Incentivos y ejecución
El programa contempla bonificaciones adicionales para las empresas que incorporen trabajadores desocupados, con aumentos del beneficio de entre 10% y 50%, según el tamaño de la empresa y la cantidad de incorporaciones. Se suma un 5% extra por la inclusión de personas con discapacidad o beneficiarios de programas laborales.
Las propuestas tendrán una duración máxima de seis meses, y deberán registrarse en la Plataforma de Gestión Empleo. Para acceder al bono fiscal, las capacitaciones deberán contar con al menos 75% de asistencia por parte de los participantes.
Rendición de cuentas
La rendición debe presentarse en un plazo máximo de 30 días posteriores a la finalización de las actividades. Solo se otorgará el bono fiscal si la documentación respaldatoria —firmada por contador público— es aprobada por la autoridad de aplicación.
En caso de incumplimientos, la normativa prevé penalidades que pueden derivar en la pérdida total o parcial del beneficio.