Empresas santafesinas podrán descontar parte del costo eléctrico del Impuesto sobre los Ingresos Brutos

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La Federación de Cámaras Empresarias del Comercio y Otras Actividades de la Provincia de Santa Fe (FECECO) informa a sus entidades adheridas y a los comercios, pymes e industrias de la provincia que el Gobierno de Santa Fe reglamentó un nuevo beneficio impositivo previsto en la Ley Tributaria 2026, que permite computar parte del costo de la energía eléctrica como crédito fiscal del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

A partir de esta reglamentación, las empresas santafesinas podrán deducir del impuesto una porción del importe básico de la factura de electricidad, ya sea que el servicio sea prestado por la Empresa Provincial de la Energía (EPE) o por cooperativas subdistribuidoras.

A quiénes alcanza el beneficio

La medida está destinada a contribuyentes que desarrollen actividades:

  • Industriales

  • Comerciales

  • Servicios de alojamiento

En todos los casos, el crédito fiscal se aplica sobre el importe básico de la factura eléctrica, con topes que varían entre el 10 % y el 30 % del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, según el tipo de actividad y el tamaño de la empresa.

Cómo se aplica según la actividad

  • Actividad industrial:
    El beneficio alcanza tanto a grandes demandas como a pequeñas demandas con tarifa industrial, siempre que los ingresos anuales se encuentren dentro de los límites establecidos para micro, pequeñas y medianas empresas. En estos casos, el crédito fiscal puede llegar hasta el 30 % del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

  • Actividad comercial y servicios de alojamiento:
    Se habilita el descuento del importe básico de la factura eléctrica con los siguientes topes:

    • Hasta el 30 % del impuesto para micro y pequeñas empresas.

    • Hasta el 10 % para medianas empresas, siempre dentro de los rangos de facturación previstos por la normativa vigente.

En la práctica, esto permite que una parte del gasto mensual en energía eléctrica se transforme en un crédito fiscal, reduciendo directamente el monto del impuesto a abonar.

En caso de que el crédito generado en un período supere el tope permitido, el excedente podrá trasladarse a los meses siguientes, dentro del ejercicio fiscal 2026.

Trámite digital y acceso al beneficio

La reglamentación establece un procedimiento 100 % digital, que se gestiona a través del Sistema Integral de Administración Tributaria de la Administración Provincial de Impuestos (API). Allí, los contribuyentes pueden autorizar los suministros eléctricos y consultar los pagos computables como crédito fiscal, utilizando información que ya se encuentra en los registros del Estado.

Un alivio para la estructura de costos

Desde el Gobierno provincial destacaron que esta medida busca aliviar uno de los costos más relevantes para la actividad productiva, mejorar la competitividad de las empresas santafesinas y acompañar a quienes invierten y generan empleo.

Desde FECECO se recomienda a las entidades adheridas difundir este beneficio entre sus asociados y, ante dudas sobre su aplicación, consultar con asesores contables o impositivos para verificar el correcto encuadre y aprovechamiento del régimen.

Fuente: Gobierno de la Provincia de Santa Fe


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