La AFIP dispuso la extensión hasta el día 31 de julio el plazo de adhesión a la Moratoria 2020 para micro, pequeñas y medianas empresas, monotributistas, autónomos y entidades sin fines de lucro. Según establece la normativa, la primera cuota de los planes de facilidades de pago que se presenten entre el 1 de julio y el 31 de julio de 2020, ambas fechas inclusive, vencerá el 18 de agosto de 2020. Desde nuestra Entidad recordamos que la moratoria permite que los contribuyentes regularicen deudas impositivas, de la seguridad social y aduaneras vencidas hasta el 30 de noviembre de 2019.











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