La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso que hasta el 30 de septiembre no considerará la categoría del Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER) de los contribuyentes al momento de tramitar planes para regularizar obligaciones de los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales correspondientes al período fiscal 2020.
Así lo establece la Resolución General N° 4959 , la cual además garantiza la posibilidad de regularizar las obligaciones de los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales en hasta tres cuotas y con un pago a cuenta del 25%, sin verse condicionadas por su perfil de riesgo.
La posibilidad de tramitar dichos beneficios estará habilitada a partir del 12 de abril.












![[COMUNICADO] Reforma laboral: FECECO advierte sobre aspectos del proyecto que afectan la seguridad jurídica](https://fececo.org.ar/storage/2026/02/1081om07q34rp912nkl685-218x150.jpg)


![[COMUNICADO] Reforma laboral: FECECO advierte sobre aspectos del proyecto que afectan la seguridad jurídica](https://fececo.org.ar/storage/2026/02/1081om07q34rp912nkl685-80x60.jpg)












