Comercio: ratifican la plena vigencia y obligatoriedad del aporte empresarial al INACAP

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La Federación de Cámaras Empresarias del Comercio y Otras Actividades de la Provincia de Santa Fe (FECECO) informa a sus entidades adheridas y asociados que el Instituto Argentino de Capacitación Profesional y Tecnológica para el Comercio (INACAP) ha ratificado la continuidad y el carácter obligatorio del aporte empresario.

De acuerdo con lo comunicado por el organismo, la contribución patronal prevista en el artículo 102 del Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) 130/75 se mantiene plenamente vigente para todos los empleadores alcanzados por la actividad mercantil.

Esta ratificación se fundamenta en un sólido respaldo tanto en el ámbito judicial como en los acuerdos de la última negociación paritaria del sector:

Respaldo judicial definitivo

La exigibilidad del aporte se encuentra respaldada por las resoluciones judiciales dictadas en el expediente caratulado “Instituto Argentino de Capacitación Profesional y Tecnológica para el Comercio (INACAP) c/ Estado Nacional – Poder Ejecutivo Nacional s/ Acción Declarativa”, radicado ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N.º 45. Dichas medidas fueron oportunamente confirmadas por la Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo y conservan absoluta validez legal.

Ratificación paritaria y homologación oficial

En el plano de las negociaciones colectivas, las entidades signatarias del CCT 130/75 convalidaron expresamente el sostenimiento del instituto durante el acuerdo paritario celebrado el 26 de marzo de 2026.

En dicha instancia, las partes resolvieron mantener el sistema de financiamiento sin introducir modificaciones respecto del aporte empresarial. Este entendimiento fue homologado formalmente por la Secretaría de Trabajo de la Nación mediante la Disposición DI-2026-550-APN-DNRYRT#MCH, fechada el 27 de abril de 2026.

Prórroga del convenio hasta 2031

Un dato clave que refuerza la estabilidad de esta obligación es que el reciente acuerdo convencional prorrogó la vigencia general del CCT 130/75 hasta el 31 de marzo de 2031. Esto asegura la continuidad de las metas institucionales de formación y capacitación profesional del sector mercantil, así como las obligaciones de financiamiento asociadas.