Programa Impulsa: Guía paso a paso para gestionar ANR para capacitaciones

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La Federación de Cámaras Empresarias del Comercio y Otras Actividades de la Provincia de Santa Fe (FECECO) informa a sus entidades adheridas sobre el procedimiento y los requisitos vigentes para tramitar Aportes No Reintegrables (ANR) destinados a la realización de capacitaciones, en el marco del Programa Impulsa (Decreto provincial 306/2011).

Esta herramienta, impulsada por el Ministerio de Desarrollo Productivo de la Provincia, busca fomentar la actualización y el fortalecimiento de los equipos de trabajo en el entramado comercial e industrial santafesino.

Modalidad de gestión y acceso

El trámite se realiza de manera totalmente digital ingresando a la Plataforma TIMBO.

Para iniciar la gestión, es requisito indispensable ingresar con la ID Ciudadana de una persona que haya sido formalmente autorizada por la Comisión Directiva de la entidad. Nota institucional: Se sugiere que esta autorización conste en la misma acta en la cual se resuelve solicitar el aporte, detallando claramente apellido, nombres y DNI de la persona designada.

Documentación obligatoria a presentar

Previo a iniciar el trámite en la plataforma, la cámara o centro comercial deberá contar con las imágenes digitalizadas de la siguiente documentación:

  1. Nota de solicitud: Dirigida al Ministro de Desarrollo Productivo, Lic. Gustavo Puccini (CLICK ACÁ PARA ACCEDER AL MODELO)

  2. Constancia bancaria: Comprobante de CBU emitido por el banco correspondiente.

  3. Constancia impositiva: Certificado de inscripción en AFIP.

  4. Respaldo legal: Copia certificada del Acta de Comisión Directiva en la que se resuelve solicitar el aporte pretendido.

  5. Presupuesto: Detalle de gastos elaborado por la entidad (este punto puede estar incluido dentro de la nota de solicitud inicial).

Documentación institucional complementaria

Asimismo, el Ministerio de Desarrollo Productivo requiere contar con el legajo institucional actualizado de la entidad solicitante. En caso de que la provincia no cuente con estos archivos vigentes, se deberá adjuntar la siguiente documentación:

  • Fotocopia certificada del Estatuto.

  • Fotocopia certificada de la Resolución de otorgamiento de Personería Jurídica.

  • Fotocopia certificada de la Constancia de Personería Jurídica vigente.

  • Fotocopia certificada del Acta de Asamblea donde conste la Comisión Directiva vigente.

A tener en cuenta:

  • Líneas sobre las cuales se pueden solicitar fondos para capacitaciones (son 8). (CLICK ACÁ PARA DESCARGAR)
  • Los gastos que cubre el programa tienen como único destino los “Honorarios del ó los capacitadores”.  En la actualidad se reconocerán $25.000 por hora de capacitación.  La factura por honorarios debe confeccionarla el capacitador.
  • La Entidad organizadora establece la modalidad de la capacitación: presencial, virtual ó mixta.

Desde FECECO recordamos que, en caso de que esta documentación no se encuentre debidamente actualizada, el Ministerio la solicitará por vías complementarias para poder continuar con el curso del expediente. Por ello, recomendamos revisar el estado del legajo institucional previo a la carga de la solicitud.