ARCA elevó a $10 millones el monto para identificar en las facturas a consumidores finales

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A través de la Resolución General 5700/2025, publicada recientemente en el Boletín Oficial, la Administración de Recaudación y Control Argentino (ARCA) —ex AFIP— estableció nuevas disposiciones vinculadas al control fiscal, al tiempo que modificó significativamente los límites de operaciones sujetas a información.

Entre los puntos destacados, se amplía a $500.000 el monto de las operaciones que pueden respaldarse mediante el uso del sistema simplificado «Facturador». Además, se actualiza el criterio de identificación para consumidores finales, quienes, en operaciones superiores a $10 millones, deberán ser identificados mediante CUIT, CUIL, CDI o DNI. En el caso de extranjeros, será válido el documento o pasaporte del país de origen.

Nuevos umbrales que activan el monitoreo fiscal

A partir de junio de 2025, ARCA establece nuevos valores de referencia que, al ser superados, pueden dar lugar a procesos de verificación o fiscalización. Estos umbrales aplican tanto a personas físicas como a personas jurídicas, según el siguiente detalle:

  • Transferencias o acreditaciones bancarias:

    • Personas físicas: desde $50 millones

    • Personas jurídicas: desde $30 millones

  • Extracciones en efectivo:

    • $10 millones para ambos casos

  • Saldos bancarios:

    • Personas físicas: desde $50 millones

    • Personas jurídicas: desde $30 millones

  • Plazos fijos:

    • Personas físicas: desde $100 millones

    • Personas jurídicas: desde $30 millones

  • Operaciones en billeteras virtuales:

    • Personas físicas: desde $50 millones

    • Personas jurídicas: desde $30 millones

  • Tenencias en sociedades de bolsa:

    • Personas físicas: desde $100 millones

    • Personas jurídicas: desde $30 millones

  • Compras del consumidor final:

    • Hasta $10 millones sin requerimiento de información adicional

Eliminación de regímenes informativos

A través de las Resoluciones Generales 5697/2025 y 5698/2025, ARCA derogó una serie de regímenes de información que anteriormente implicaban obligaciones para empresas, escribanos, inmobiliarias y administradoras de consorcios. Los principales cambios son:

  • Tarjetas de crédito, débito y billeteras virtuales: Ya no será obligatorio informar los consumos personales realizados por estos medios.

  • CITI Escribanos: Se elimina el sistema de reporte de operaciones notariales superiores a $10 millones.

  • Compra-venta de vehículos usados: Los concesionarios ya no deberán informar operaciones de este tipo.

  • Pago de expensas: Se elimina el régimen que obligaba a reportar pagos superiores a $32.000 por parte de administradoras de consorcios.

  • Código de Oferta de Transferencia de Inmuebles (COTI): No será necesario reportar la intención de venta de una propiedad a ARCA, ni por parte del vendedor ni del agente inmobiliario.

Un nuevo enfoque fiscal

Estas modificaciones se enmarcan en un cambio de enfoque en materia fiscal, que apunta a reducir las cargas administrativas y preservar la privacidad de los consumos personales, al mismo tiempo que se mantienen mecanismos de control sobre operaciones de gran volumen económico.